LA QUINTA PATA

Javier Milei, Toto Caputo y "la plata de los jubilados"

La ley ómnibus pasaría el Fondo de Garantía de la ANSES al Tesoro. El dinero se evapora. Pesificación, licuación, interés del Círculo Rojo y... ¿dolarización?

Un día, dentro de no mucho tiempo, un funcionario del Ministerio de Economía se encontrará con una planilla en la que constará –¡vaya sorpresa!– que el Estado es acreedor y deudor de sí mismo. Así, en virtud del principio de "confusión patrimonial", tachará activos y pasivos, eliminando tanto cargas del Tesoro como patrimonio de diversas dependencias, entre ellas la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). Como por arte de magia –un mero asiento contable–, según surge del proyecto de ley ómnibus impulsado por Javier Mileiy Toto Caputo, buena parte de "la plata de los jubilados", defendida tantas veces con ardor por muchas personas que esta vez cerrarán los ojos, se evaporaría.

El primero ordena la consolidación en el Estado Nacional de las tenencias de títulos de deuda pública de titularidad de las entidades del Sector Público Nacional y del Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS).

El 223 señala que "los títulos de deuda pública que sean consolidados de acuerdo con lo establecido en la presente ley serán transferidos a una cuenta de titularidad del Tesoro Nacional, en donde se cancelarán por confusión patrimonial".

De modo crucial, el 224 impone un plazo máximo de 90 días desde la publicación de la eventual ley para que todos los organismos involucrados reclamen, a modo de compensación, un crédito presupuestario, cuya pertinencia será determinada por el jefe de Gabinete, Nicolás Posse. Los bonos Global –en dólares– serán cambiados por títulos en pesos con vencimiento en 2036, mientras que los Bonar –en moneda nacional– serán negociados en el mercado, se informó. En pocas palabras, pesificación y licuación.

Ante una consulta de Letra P, el Ministerio de Economía confirmó que el objetivo de la iniciativa es "la eliminación de deuda por confusión patrimonial".

El FGS contiene una serie de activos financieros, básicamente acciones de empresas y títulos de deuda pública. La administración de Milei estima que el tamaño de esa cartera es de 5.500 millones de dólares a cotizaciones de mercado, aunque, considerando valores nominales, para la anterior conducción de la ANSES equivalía en noviembre último a 76.000 millones.

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Las acciones privadas dan cuenta del 17% del valor del FGS y se concentran en compañías de primera línea como Grupo Clarín, Cablevisión, Telecom, Ternium, IRSA, Aluar, Cresud, Molinos Río de la Plata, Consultatio, YPF, Pampa, Metrogas, Edesur, Central Costanera, Central Puerto, Camuzzi Gas, y los bancos Galicia, BBVA, Hipotecario, Patagonia, Supervielle y Macro, Molinos, entre muchas otras.

El secretario de Finanzas, Pablo Quirno, que defendió esta semana en el plenario de comisiones de la Cámara de Diputados la intención oficial de modificar la ley de Administración Financiera y de consolidar la deuda pública, indicó que dichas acciones podrán ser recompradas por las propias compañías, lo que retiraría al Estado de los directorios en los que está presente.

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Dado el listado de ganadores de la era paleolibertaria, la mencionada operación podría considerarse un episodio más del proceso de acaparamiento de riqueza en curso.

"La propuesta es que se liquide el FGS bajo consolidación patrimonial", dijo. "No es un fondo anticíclico y no garantiza nada", aseveró.

De acuerdo con los números del secretario de Finanzas, la deuda del Tesoro en manos del sector público vale 37.185 millones de dólares, 92% de la cual está en poder del FGS y el resto en el de otras 65 dependencias del Estado.

¿Se tratará de recursos a liquidar para apurar una dolarización de la economía?

Un poco de historia

El FGS es hijo de las inversiones realizadas por las viejas AFJP y de la reestatización del sistema previsional. Primero, en 2007, a través del decreto 897, firmado por Néstor Kirchner, que permitió a los trabajadores optar por el esquema de capitalización vigente o regresar al solidario –o de reparto–. Luego, por la ley 26.425 de 2008, en el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner, por la reestatización y unificación de todo ese universo en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Finalmente, a través de la ley 27.574 de 2020, ya con Alberto Fernández, amplió su misión original de servir como herramienta anticíclica para asegurar el pago de los haberes en momentos de crisis a una de promoción de la actividad productiva y del empleo en blanco, bases de un acuerdo intergeneracional en el que los aportes de quienes trabajan sostiene las jubilaciones de quienes ya no lo hacen.

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El quid de la cuestión

Más allá de quienes defienden a rajatabla el statu quo, otros economistas –de diversas tendencias– consultados por Letra P señalaron que la persistente colocación de deuda intra-Estado durante varios gobiernos hizo que el sistema previsional se base a esta altura en una ficción, dada por papeles que crecen nominalmente en valor, pero que al final debería pagar un sector público casi quebrado. En esa visión, la eliminación de esos compromisos en virtud del principio de "confusión patrimonial" emerge como razonable.

De hecho, Alberto Fernández y Sergio Massa plantearon en marzo del año pasado a través de un decreto de necesidad y urgencia (DNU) que todos los organismos públicos le entregaran al Ministerio de Economía sus tenencias en bonos, que quedarían sujetos a subasta. El mecanismo no difiere demasiado del de Milei y Caputo, pero sí la finalidad: el entonces jefe del Palacio de Hacienda quería ampliar su margen para manejar, a través de la transacción de esos títulos, la cotización de los tipos de cambio negociados en bolsa y así mantener a raya la brecha con el oficial.

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En tanto, abogados especializados en derecho administrativo también consultados por este medio expresaron reparos.

Explicaron que el Tesoro no debería apropiarse de un fondo de asignación específica, como el FGS. Si bien la reforma salvaría las formas al realizarse por ley, se trata de recursos del sistema previsional que no tienen como fin cancelar deuda del Estado. En otras palabras, como esa plata pertenece a otro sistema y tiene afectación específica, no existiría la confusión patrimonial alegada y esta sería creada por un acto de gobierno: la ley ómnibus. La controversia está instalada.

Ahora bien, ¿qué significa en este caso "afectación específica"? El FGS nunca fue usado para pagar jubilaciones por falta de fondos de la ANSES, pero sí para otorgar diversos créditos productivos o con fines de consumo o turístico que sirvieron a la idea de estimular la actividad y el trabajo registrado para hacer sustentable el pacto intergeneracional que sostiene el sistema. La "asignación específica", entonces, se trataría de una función, no de una finalidad puntual de gastos, algo que nunca entendieron quienes se escandalizaron porque el FGS financiara, por ejemplo, una inversión de la sucursal argentina de General Motors en plena crisis global.

Más allá de las polémicas políticas y hasta legales, todo es posible en Argentina, donde la vida misma se refunda más o menos cada 15 años. Lo fue privatizar los recursos del sistema jubilatorio en beneficio de los bancos –dueños de las AFJP– y en perjuicio del Estado, que debió seguir pagando los haberes, mientras, más deficitario, les pedía a esas mismas entidades –a interés– dinero que hasta hace poco había sido suyo. También lo fue la reestatización del sistema, que generó una caja estatal única en base a cuentas de capitalización individuales. ¿Por qué no habría de ser posible esta reforma también?

Lo curioso es que la misma supone que, "confusión patrimonial" mediante, recursos que alguna vez fueron puestos por una persona que aportaba al sistema simplemente desaparezcan. La contraprestación que defina Posse en cada caso pasaría en su momento al centro del debate.

Mientras las jubilaciones perdieron, de un tajo, en el último mes un 25,5% de su poder de compra –tal la inflación de diciembre, que no se compensa–, el dinero, parece, puede evaporarse.

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