LA CORTE DE MILEI

Jueces por decreto, Argentina de facto: ¿choque de poderes?

El tribunal le abrió la ventana a Manuel García-Mansilla. ¿Siga siga del Congreso o conflicto institucional? Un soldado para la batalla cultural.

Lo primero surge del hecho de que el principal tribunal de justicia del país validó la designación de un magistrado por decreto, esto es en comisión, con validez durante el período de sesiones ordinarias que comenzará este sábado.

También puede hablarse de una nueva era jurisprudencial debido a la impronta conservadora que García-Mansilla lleva a la Corte, funcional a la batalla cultural oficial y que podría marcar, como mínimo, un contrapunto y como máximo, una influencia, respecto de las posturas conocidas de sus colegas.

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Ariel Lijo.

Ariel Lijo.

Por último, la cuestión de un conflicto de poderes o crisis institucional dependerá de que el Senado, mayoritariamente adverso al método del nombramiento por decreto, avance en un rechazo de García-Mansella y de Ariel Lijo. En caso de hacerlo, se daría la peculiaridad de que el Poder Ejecutivo consideraría a ambos miembros de pleno derecho del tribunal, mientras que el legislativo sostendría lo contrario. Tal escenario resultaría lesivo para la seguridad jurídica del país y abriría dudas sobre la validez de las sentencias que se produzcan en lo sucesivo.

Por lo pronto, por la vigencia de su decreto, Milei ya considera a Lijo tan miembro de la Corte como a García-Mansilla y por eso pretende que se dé cita mañana cuando hable ante la Asamblea Legislativa para dar inicio al período de sesiones ordinarias. Abre, así, un foco más de tensión en una cita en la que pesará la ausencia, entre otras, de los bloques peronistas de las dos cámaras.

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Ariel Lijo, en diferido: cuestión de formas

Lijo deberá esperar hasta la semana que viene para conocer qué será de su futuro. Eso no es así porque la Corte impugne su nombramiento, sino porque decidió abrir un paréntesis para definir si corresponde –como pidió el interesado y avaló la Cámara Federal– que se sume al alto tribunal bajo licencia como juez federal o si, en cambio, debería renunciar a ese cargo menor.

El acatamiento de la Corte a los nombramientos en comisión era esperable. Dos de sus miembros, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz, habían aceptado ser designados del mismo modo por Mauricio Macri en diciembre 2015. La reacción airada del Senado, de oenegés, de grupos de interés del sector judicial y de la propia opinión pública supuso un verdadero escándalo que llevó al entonces presidente a dar marcha atrás y aguardar –y obtener– el aval legislativo establecido en el inciso 4 del artículo 99 de la Constitución.

Manuel García-Mansilla, a tono con la batalla cultural

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Manuel García-Mansilla, en el Senado.

Manuel García-Mansilla, en el Senado.

Mientras el Senado define sus pasos y crece la controversia por la ausencia de mujeres en el cuerpo, ¿qué hay que esperar de García-Mansilla?

Las definiciones que dejó durante la defensa de su pliego en la Comisión de Acuerdos del Senado –pocas y de tono general más bien ambiguo– quedan relativizadas por un elemento crucial: en esa ocasión, defendió la constitucionalidad del nombramiento por decreto de magistrados en caso de receso legislativo, pero, para reducir resistencias a su figura, afirmó que no lo aceptaría para sí mismo por el nivel de controversia que eso generaría. Finalmente, actuó en sentido contrario.

En términos estrictamente jurídicos, García-Mansilla, un hombre de impronta académica y actuación sólo en el sector privado, tiene una importante trayectoria como asesor legal de empresas petroleras, lo que va de la mano de la emergencia de un nuevo polo de desarrollo hidrocarburífero en Vaca Muerta. Para las compañías inversoras, su presencia en el más alto tribunal representa un activo ante eventuales litigios ambientales o económicos.

En la audiencia del 28 de agosto del año pasado se mostró evasivo en muchos temas nodales, ya sea por no adelantar opinión de un modo que lo complicara en caso de acceder a la Corte o por diferenciar sus opiniones personales de lo que mandan las leyes vigentes. Así se comportó al ser interrogado sobre la ley de identidad de género, una eventual norma contra el negacionismo de crímenes de lesa humanidad, la constitucionalidad del protocolo antipiquetes de Patricia Bullrich y la mecánica de los decretos de necesidad y urgencia (DNU).

Sobre al aborto, se remitió a la existencia de una ley, pero invitó a "distinguir entre despenalización y legalización".

Según indicó, "hay 13 constituciones provinciales que consideran el derecho a la vida y habría que hacer un análisis de compatibilidad con esas constituciones". La puerta para una posible revisión de la mencionada ley pareció quedar abierta, algo que sería compatible con su historial de definiciones al respecto.

Otro asunto sobre el que se le preguntó en esa ocasión fue la constitucionalidad de una eventual dolarización, proyecto caro a Milei. Si bien dijo que la Carta Magna impone "preservar la moneda (nacional) de alguna manera", se excusó de expedirse sobre el fondo de la cuestión y sugirió que mientras la medida no venga de la mano de una confiscación de depósitos privados, podría ser aceptable en un marco de competencia o convivencia de monedas, tal como plantea desde hace un tiempo el Presidente.

Ariel Lijo, candidato a Juez de la Corte Suprema de Justicia. 
Javier Milei

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